Pregunta
¿Qué tengo que hacer con los datos de un cliente que me pide que los borre?
Respuesta directa
Atender la solicitud en el plazo de un mes: borrar lo que no tengas obligación legal de conservar y comunicárselo; lo fiscal/contractual obligatorio se conserva bloqueado.
Explicación
El derecho de supresión del RGPD no es absoluto: las facturas tienen conservación fiscal obligatoria y los contratos, sus plazos. Lo correcto es identificar qué datos tienes, borrar lo prescindible (marketing, históricos comerciales), bloquear lo de conservación obligatoria (guardado solo para obligaciones legales) y responder al cliente documentando lo hecho.
Detalles que importan
- Plazo de respuesta: un mes desde la solicitud (ampliable con justificación)
- Facturación: se conserva por obligación fiscal aunque el cliente pida borrado
- «Bloquear» = conservar sin usar, solo a disposición de administraciones y jueces
- Documenta la respuesta: la trazabilidad es tu defensa ante una reclamación
Un apunte más
Orientación general sobre RGPD, no asesoramiento jurídico: ante casos delicados, consulta con tu asesor.