Pregunta

¿Qué mobiliario mínimo exige la ley para un puesto con pantallas?

Publicado el 17 de enero de 2026 · Actualizado el 23 de junio de 2026 · Lectura: 1 min

¿Qué mobiliario mínimo exige la ley para un puesto con pantallas?

Respuesta rápida

La normativa española de pantallas de visualización (RD 488/1997 y guías del INSST) exige puesto ajustable: silla regulable, pantalla orientable a distancia adecuada, espacio y apoyos suficientes.

Explicación

Traducción práctica: silla con altura y respaldo regulables, mesa con espacio para apoyar antebrazos, pantalla a altura correcta y reposapiés si los pies no llegan. El empresario responde de la evaluación del puesto.

Lo que conviene saber

  • RD 488/1997: la referencia legal en pantallas
  • La evaluación de riesgos del puesto es exigible
  • Teletrabajo regular: mismos deberes de prevención

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